domingo, 2 de diciembre de 2018

SOBRE COACCIONES ELECTORALES Y OTROS CHANCHULLOS

La libertad sindical es uno de los derechos fundamentales

Es delito tratar de coacionar o amenazar para impedir la libertad sindical

Artículo 315 del código penal
1. Serán castigados con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de seis a doce meses los que, mediante engaño o abuso de situación de necesidad, impidieren o limitaren el ejercicio de la libertad sindical o el derecho de huelga.
2. Si las conductas reseñadas en el apartado anterior se llevaren a cabo con coacciones serán castigadas con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses.
3. Quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga, serán castigados con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses.
Artículo 315 redactado por el número ciento sesenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).Vigencia: 1 julio 2015


Hay algunos sindicatos, los mismos que trataron de adulterar la democracia impidiendo que todas las opciones tuvieran las posibilidad de ser elegidas, que, a pesar del laudo arbitral emitido el pasado 29 de noviembre, todavía no se quieren enterar de que ha quedado perfectamente claro quienes de nuestros firmantes son candidatos y quienes son avalistas.

Estos mismos sindicatos están ejerciendo presión a los compañeros/as que nos habéis otorgado vuestra firma como aval con mentiras, diciendo, como si el laudo no existiera, que os hicimos firmar como candidatos con engaños. 

Queremos que sepáis que:

1º Sois libres de avalar con vuestra firma a quien os parezca o merezca vuestra confianza.

2º No hay por qué dar explicaciones a terceros (Sindicatos incluidos) de vuestras decisiones.

Por lo tanto

Si recibes una llamada de tu Sindicato para advertirte de que vas a ser expulsado de tu Sindicato por avalar al PIR: 

1.- Solicita por escrito tal decisión.
2.- NO firmes nada voluntariamente.
3.- Pregunta por el artículo de los Estatutos donde se recoge y que lo demuestren.


Han puesto en marcha una campaña de PRESIÓN infame y antidemocrática, 
para amedrentar, contra aquellos que decidimos ejercer nuestros derechos de representación sindical de una manera LIBRE y HONESTA.


NO seas rehén de sus prácticas abusivas e intimidatorias.

Pretenden alterar la lista de avalistas y la candidatura de la PIR. Eso no debe suceder, por dignidad y justicia.


Por favor, dirígete al Blog de la PIR para informarte o ponte en contacto con nosotros si tienes alguna duda.

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